NF en ADEPRO“El proyecto de código es una oportunidad para mejorar el sistema” afirmó el profesor Nicolás Frías, del Programa Reformas a la Justicia UC, instando a los alumnos presentes a aportar en el debate y la tramitación de la reforma procesal civil ante el Congreso Nacional.

La actividad titulada “Conversatorio: Proyecto de Reforma Procesal Civil. Nuevas Indicaciones” organizada por la Academia de Derecho Procesal de la Universidad de los Andes (ADEPRO) el pasado 28 abril 2021, contó con la participación de los profesores de derecho procesal Nicolás Frías, de la P. Universidad Católica, y Alejandro Romero, de la U. de los Andes.

Antes de dar la palabra al académico UC, representantes de la ADEPRO dieron la bienvenida a los participantes y agradecieron la participación de los profesores.

La exposición del profesor Frías consistió en un breve análisis de la historia del proyecto de ley de reforma procesal civil, las indicaciones recientemente presentadas y las principales modificaciones que se pretenden incorporar al proyecto a través de ellas.

Para comenzar, se refirió al proceso de redacción del Proyecto de Reforma Procesal Civil, comentando el aporte de las diversas Facultades de Derecho y académicos de derecho procesal del país, entre los que se encuentran el Director del Programa Reformas a la Justicia UC, José Pedro Silva, y el mismo exponente. Se detuvo en las tres causas centrales que motivaron la paralización del proyecto en el Senado, que fueron la falta de una definición orgánica, el rechazo del sistema de ejecución y del sistema recursivo, lo que hacía imposible su continuación. Estos tres puntos buscaron ser cubiertos por las indicaciones presentadas recientemente, señaló.

Previo a revisar el contenido a las indicaciones, el profesor destacó algunos de los principales cambios que se incluyen en la reforma. En primer lugar, los nuevos principios formativos del procedimiento, entre los que enfatizó los principios de oralidad, inmediación, promoción de métodos alternativos de resolución de conflictos, y la dirección e impulso procesal correspondiente al juez, que busca facilitar un rol del juez más activo en relación a la sustanciación y conducción del procedimiento.

En segundo lugar, se refirió a otros cambios importantes, como la libertad probatoria y valoración según sana crítica, la obligación de ofrecer o acompañar toda la prueba en la demanda y la obligación de dictar fallo dentro de un plazo.

Analizando el contenido de las indicaciones, profundizó particularmente en dos: la creación de un nuevo procedimiento ejecutivo y el nuevo recurso de casación, que responden directamente a las críticas hechas por el Senado y motivaron la paralización del proceso.

Primero, sobre el nuevo procedimiento ejecutivo, destacó la separación de las funciones administrativas de las jurisdiccionales, creándose la Unidad de Tramitación Civil, que se encargará de las primeras, mientras que los jueces mantendrán el conocimiento de los aspectos jurisdiccionales que se sigan de la ejecución en casos de oposición del ejecutado y el control de las labores administrativas que realiza el oficial de tramitación civil. Se refirió a la experiencia francesa que inspiró esta nueva regulación y los positivos efectos que este sistema tuvo en la legislación del país europeo.

Segundo, sobre el nuevo recurso de casación, se refirió al cambio que se incorpora en las indicaciones a la propuesta de recurso extraordinario ante la Corte Suprema. Las indicaciones presentadas vuelven al recurso de casación, conciliando el rol de la Corte Suprema, de garante de derecho e igualdad ante la ley, y el derecho del litigante de ser oído. Entre los principales cambios mencionó la reducción a dos causales amplias y la posibilidad de rechazar liminarmente el recurso si existe doctrina jurisprudencial ya asentada. Además, manteniendo el recurso de apelación-enmienda, se incorpora un recurso de apelación-invalidación, que viene a reemplazar al recurso de casación en la forma.

Finalmente, comentó otras modificaciones como el nuevo procedimiento de partición y el sumario simplificado, la simplificación de los actos judiciales no contenciosos y la incorporación de la mediación como método de resolución de conflictos, fortalecido por el Proyecto de Ley de Mediación Civil y Comercial, que es complementa la reforma.

Tras la exposición del profesor Frías, se le dio la palabra al profesor Alejandro Romero, quien recalcó la importancia de reformar la justicia civil, afirmando que el Código y las leyes vigentes no son adecuadas para la compleja realidad procesal actual. Celebró la modificación al recurso de casación, sin embargo, advirtió ciertas críticas tanto al contenido del proyecto como a su tramitación en el Congreso Nacional y levantó interrogantes sobre el posible aumento de costos en el acceso a la justicia, que podría llevar a un rol mayor del Estado en proveer abogados para las personas. Por último, destacó el rol que deben jugar los estudiantes y académicos en esta reforma, que por medio de un trabajo silencioso pueden aportar a crear un país mejor.

Para finalizar, se generó un espacio de debate entre los expositores y se realizaron preguntas por el público, respecto del rechazo in limine del recurso de casación, la implementación de la reforma y la aplicación de la mediación.

Conversatorio completo en el siguiente link: Conversatorio: Reforma Procesal Civil. Nuevas Indicaciones (ADEPRO)

El pasado lunes 19 de abril, el profesor UC y Director del Programa Reformas a la Justicia, José Pedro Silva, fue invitado a participar en la actividad de inicio del año académico de la Facultad de Derecho de la Universidad San Sebastián, para comentar sobre el proceso constituyente, su vinculación con la justicia y los avances de la reforma procesal civil.

Comenzó la exposición celebrando la presentación del Proyecto de Ley de Indicaciones al Proyecto de Nuevo Código Procesal Civil anunciado por el Presidente de la República el viernes 16; este proyecto fue acompañado de una Reforma Constitucional y legal a las normas relativas al sistema de nombramiento de jueves, ambos fundamentales para que la reforma procesal civil sea una realidad.

El objetivo de la exposición del profesor Silva era establecer los puntos de convergencia y sustento de la Reforma Procesal Civil con la futura Constitución Política, proceso al que el país se verá abocado a propósito del proceso constituyente próximo a iniciarse. “Al respecto debe tenerse presente que las reglas o normas elaboradas por el Constituyente y reflejadas en un texto matriz, son obras de superestructura, cultura y experiencia, que tienen por finalidad realizar o efectivizar valores tan relevantes como la libertad, la justicia, la certeza y la igualdad, todos inherentes a la dignidad humana” afirmó.

Citando a Eduardo Couture, refirió que el proceso, como cauce de la justicia y de los valores que permite la convivencia, está intrínsecamente unido a la Constitución; esta postura del académico uruguayo marcó un punto de inflexión en la disciplina del derecho procesal, indicó, vinculándolo al derecho constitucional y reafirmando la supremacía constitucional sobre la ley procesal, con la denominada tutela constitucional del proceso -se hace necesaria una ley tutelar de las leyes de tutela, una seguridad de que el proceso no aplaste el derecho-.

Continuó desarrollando las garantías tutelares fundamentales de naturaleza procesal, que constituyen el cimiento sobre el cual se apoya la efectivización de los derechos subjetivos e intereses legítimos de las personas. En particular, se refirió a dos derechos diferentes pero interdependientes: el derecho de acceso a la justicia ante los órganos jurisdiccionales y administrativos del Estado -derecho a la acción-, y el derecho al debido proceso.

Estos dos derechos buscan ser fortalecidos con la reforma procesal civil por medio del perfeccionamiento técnico, la modernización de los procedimientos y la ampliación de la cobertura de los servicios de justicia. Reconoció que, inicialmente, las Facultades de Derecho UC y U. Chile junto al Ministerio de Justicia de la época se enfocaron únicamente en la modernización de los procedimientos con base en las garantías propias de un debido proceso del siglo XXI. Sin embargo, tras la paralización del proyecto, se percataron que la verdadera reforma habría resultado trunca si es que no se avanzaba en paralelo y con igual energía en garantizar un efectivo acceso a la justicia, lo que motivó las indicaciones recientemente presentadas.

“La reforma responde a una necesidad ciudadana y por ello el énfasis y el desafío de esta gran política pública ha consistido precisamente en ampliar la cobertura de los servicios de justicia y mejorar cualitativamente su prestación” afirmó.

Finalmente, mencionó algunas de las innovaciones que incorporan los proyectos anunciados por el Presidente de la República, entre los que se encuentran: la incorporación y promoción de la mediación como mecanismo de resolución de conflictos, acompañado de una Ley de Mediación Civil y Comercial, la creación de un procedimiento sumario simplificado sin necesidad de intervención de abogados, la modificación del recurso de casación ante la Corte Suprema y la creación de nuevos tribunales a lo largo del país.

Terminó su exposición citando a Eduardo Couture: “El derecho es, sin duda, con todas sus imperfecciones, el mejor instrumento que se ha descubierto para regular la convivencia humana. La justicia es el destino normal del derecho; el derecho apunta hacia la justicia. Junto al derecho existe el amor a la paz que es un sustituto bondadoso de la justicia. Pero envolviendo todo eso que rige la convivencia, existe la libertad sin la cual no hay justicia, ni derecho ni paz.”

La justicia civil es la única que no ha tenido reforma el último tiempo, a diferencia de la penal, laboral y de familia. En los últimos cuatro gobiernos se ha propuesto su modificación, sin embargo, todas esas iniciativas se han paralizado.

Este viernes, el Ministerio de Justicia anunció su reactivación, además de adelantar el ingreso al Congreso de dos proyectos: de mediación civil y comercial, y de modificación al Código Orgánico de Tribunales, pilares para el cambio del sistema.

“Todas las instituciones y novedades que trae el proyecto modificatorio, de indicaciones sustitutivas, va en la dirección de mejorar el acceso a la justicia incorporando cosas tan importantes como formas de solución de conflictos negociadas a través de mediación; generado procedimientos de fácil acceso para el cobro de deudas de poca cuantía, incluso sin necesidad de abogado; mejorando los sistemas de tramitación de los juicios de cobranza en general, en términos de incorporar la tecnología en esta materia y, por lo tanto, agilizando los procesos”, explica José Pedro Silva, coordinador técnico de la Reforma Procesal Civil y profesor de la U. Católica.

Para Héctor Humeres, presidente del Colegio de Abogados, “es un asunto de Estado, porque estos proyectos se demoran, entonces ojalá que si la reforma no alcanza a traen este gobierno, el que sigue la continúe y no quede detenido, como ha pasado en otras ocasiones”. En tanto, el profesor de Derecho Procesal de la U. De Chile, Cristián Maturana, plantea que “un proyecto de esta importancia no puede seguir paralizado por aspectos económicos a futuro”, y añade que “su necesidad va a quedar patente cuando se reactive la tramitación de los tribunales poscovid, donde va a haber un gran retardo”.

Jaime Arellano, director ejecutivo del Centro de Estudios de Justicia delas Américas (CEJA), advierte que aunque se propone dar más eficiencia a los procedimientos, “no se extiende necesariamente hacia el tipo de conflictos y las personas que más lo requieren, ni se innovó en materia de carga de la prueba o gestión de casos”.

Nombramiento de jueces

También se anunció un proyecto para modificar el nombramiento de jueces, creando una comisión de cinco miembros —elegidos por el Presidente de la República, el Senado y la Corte Suprema.

“Es muy importante que un gobierno, cualquiera que este sea, se despoje de facultados, y creo que este sistema tiene que ser altamente técnico, muy pluralista, paritario, territorial y no manejado políticamente”, plantea Maturana.

Para el presidente de la Asociación Nacional de Magistradas y Magistrados, Mauricio Olave, la propuesta “avanza en elevar los niveles de independencia”. Sin embargo, “nos hubiera gustado que su autonomía tuviera rango constitucional para mayor estabilidad”. No obstante, dice, se hace cargo de “la búsqueda de un sistema de nombramientos judiciales que se centre en el mérito”.

Arellano estima, además, que se debe seguir avanzando hacia una mayor independencia interna. “Esto se puede lograr equilibrando de mejor manera la integración de la comisión, por ejemplo, reduciendo la representación de la Corte Suprema y así dar espacio a ampliarla representación del mundo del derecho y las regiones”, plantea

Humeres estima que sus integrantes debiesen ser variados, incluyendo exministros de cortes y representantes del Colegio de Abogados o de universidades: “Soy partidario de abrir un poco más el arco en esta materia”.

Para Silva, en tanto, “se ha privilegiado la incorporación de representantes de estamentos permanentes de los órganos del Estado y me parece prudente, porque lo otro es entrar en un grado de discrecionalidad”.

Nota periodísitica: A. Zúñiga y C. Carvajal. El Mercurio, domingo 18 de abril 2021, página C11

 

Anuncio gobierno 16 abrilEl día de hoy, viernes 16 de abril, el Presidente de la República don Sebastián Piñera, en compañía del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, Hernán Larraín, y el Ministro de Economía, Fomento y Turismo, Lucas Palacios, presentó dos nuevos Proyectos de Ley que inciden en el sistema de administración de justicia: el de indicaciones sustitutivas al Proyecto de Nuevo Código Procesal Civil y el de Reforma del Sistema de Nombramiento Jueces.

El objetivo central de estas iniciativas es retomar la tramitación legislativa de modernización del sistema de justicia civil y comercial, y garantizar el efectivo e igualitario acceso a la justicia para todos los chilenos, afirmó el mandatario, quien procedió a referirse a cada proyecto por separado.

Respecto de la Reforma Procesal Civil, el Presidente partió agradeciendo el trabajo de los académicos que colaboraron en su creación: “esta reforma es el fruto del trabajo del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, pero también del trabajo de un grupo de destacados profesionales y profesores, como José Pedro Silva, Cristián Maturana, Raúl Tavolari, Macarena Letelier y Nicolás Frías, a quienes agradezco muy sincera y profundamente su aporte, su entrega y su valioso compromiso con esta reforma” señaló, reconociendo el trabajo del Director y Subdirector del Programa Reformas a la Justicia UC.

Tras esto, se refirió a los principales aspectos del Proyecto con base en los cuales se retoma el trámite legislativo de la Reforma, que buscarán ampliar la cobertura de la justicia civil con la creación de nuevos tribunales, reducción de los tiempos de tramitación de las causas e implementación de un sistema alternativo de resolución de conflictos totalmente gratuito. Igualmente, señaló la importancia desde el punto de vista del fortalecimiento de la garantía de acceso a la justicia.

El Ministro de Justicia y Derechos Humanos, Hernán Larraín, tras sumarse a los agradecimientos del Presidente, indicó los tres pilares fundamentales de la reforma procesal: la creación del nuevo Código Procesal Civil, la reforma al Código Orgánico de Tribunales y la nueva Ley de Mediación Civil y Comercial. Estos tres pilares permitirán mejorar la justicia, creando un sistema que responda a las necesidades del Chile del siglo XXI.

En segundo lugar, se refirieron al proyecto que moderniza el nombramiento de jueces, que modificará el sistema de selección y nombramiento de jueces de los tribunales ordinarios y Ministros de la Corte de Apelaciones, fortaleciendo los principios de transparencia, publicidad, igualdad de oportunidades, mérito y debido proceso en el nombramiento. Para esto, se propone la creación de la Comisión Nacional de Nombramientos Judiciales, un organismo autónomo e independiente que asumirá esta labor.

“Pido al Congreso, analizar, perfeccionar y sacar adelante con rapidez estas importantes y urgentes reformas, que sin duda van a mejorar, no solo el acceso a la justicia, sino que también la dignidad y la calidad de vida de todos nuestros compatriotas” concluyó el Mandatario.

“Se trata de una iniciativa extremadamente necesaria, que afectará muy positivamente a nuestro sistema de administración de justicia, no solo porque se retoma la tramitación legislativa de la reforma procesal civil, sino porque también se introducen mejoras sustantivas al Proyecto de nuevo Código Procesal Civil y se abordan los temas pendientes, como el sistema ejecutivo y recursivo y se crean nuevos procedimientos para la solución expedita de conflictos jurídicos, especialmente de quienes hoy día no tienen los recursos económicos ni los apoyos necesarios para acceder al sistema de justicia. Dentro de estas últimas, destaca especialmente un nuevo impulso a la mediación civil mediante una ley especial y, además, la regulación de procedimientos de particiones y declarativos de pequeñas cuantías,” afirmó el Director del Programa Reformas a la Justicia UC, el profesor José Pedro Silva.

Se puede revisar el anuncio en el siguiente link: https://twitter.com/i/broadcasts/1yoKMAVzalpKQ 

NF Charla Negociación 2021 2En el contexto de las actividades de promoción del Diplomado en Negociación y Mediación del Programa de Negociación UC, el pasado 22 de marzo se realizó el Webinar “Negociar y Mediar: Cómo alcanzar acuerdos de valor” con la participación del Subdirector del Programa Reformas a la Justicia UC, Nicolás Frías.

El Director del Programa de Negociación UC, Cristián Saieh, dio inició a la actividad agradeciendo la presencia de los interesados y presentando el Diplomado. Señaló que el objetivo del Webinar era dar a conocer la importancia de la mediación y negociación en tiempos actuales, que alcanza desde los procesos personales de solución de conflictos hasta grandes procesos país, como el actual desarrollo de la nueva Constitución; “en Chile, hoy más que nunca se necesita construir acuerdos que generen valor y que puedan dar estabilidad en la relación de las partes” señaló.

Terminada la breve introducción, se dio la palabra a Nicolás Frías, quien fue invitado a exponer sobre la mediación como método alternativo de solución de conflictos.

El profesor Frías comenzó su exposición refiriéndose al concepto de mediación, indicando qué no constituye mediación, refiriéndose a ejemplos concretos de la cultura popular y su experiencia como mediador del Centro de Arbitraje y Mediación de la Cámara de Comercio de Santiago.

Continuó revisando la existencia de mecanismos de mediación civil y comercial a nivel mundial, para demostrar la efectividad de la mediación como método de resolución de conflictos. Se centró en el desarrollo que ha tenido en Latinoamérica, EEUU y Europa, revisando su regulación en diversos ordenamientos jurídicos, entre los que se encuentra la Ley Modelo UNCITRAL de Mediación, el Convenio de Singapore respecto de la mediación internacional, suscrito por Chile, y el “European Handbook for Mediation Lawmaking” de 2019, que contiene todos los estatutos de mediación de la Unión Europea. “La mediación civil y comercial es un sistema en el mundo probado de resolver conflictos de esta naturaleza y que cuenta con un notable desarrollo” afirmó.

El académico definió la mediación como “un sistema de resolución de conflictos en virtud del cual las partes son asistidas por un tercero, que conduce un proceso de diálogo de una manera ordenada, previsible y clara”. En base a esta descripción de la mediación, enumeró las características propias de este mecanismo, tales como la voluntariedad, confidencialidad y la focalización en los intereses por sobre las posiciones, lo que permite alcanzar soluciones más creativas y sustentables que la alternativa judicial.

Además, indicó las ventajas de la mediación como método alternativo de resolución de conflictos, siendo un mecanismo más veloz que la alternativa judicial, con menores costos tanto financieros como emocionales y con un positivo efecto multiplicador, al buscar cubrir los intereses de las partes.

Después de terminar la descripción de la mediación, desarrollando sus etapas y principios informadores, el académico se centró en la proyección de este mecanismo en Chile, en particular, la oportunidad que significa la reforma procesal civil en actual tramitación.

Por último, presentó los contenidos del Diplomado promocionado relativos a la mediación, indicando las preguntas que se abordarán en este curso.

Tras la exposición del profesor Frías, retomó la palabra el profesor Saieh, quien se refirió a los contenidos generales del Diplomado en Negociación y Mediación UC, y, en particular, sobre la negociación, destacando la confianza, la preparación y la comunicación como herramientas fundamentales de una negociación exitosa.

Al finalizar las presentaciones, se dio un espacio para las preguntas del público y se presentó el testimonio de un ex alumno del Diplomado.

Se puede encontrar el Webinar completo en el canal de YouTube de la Facultad de Derecho UC, en el siguiente link: 

https://www.youtube.com/watch?v=9Yq2D76gbR8&ab_channel=DerechoUC