Programa Reformas a la Justicia UC expone ante Comisión de Economía del Senado
La presentación se centró en el nuevo Proyecto de ley que modifica la Ley General de Bancos y el Código de Procedimiento Civil para establecer el avalúo comercial de los bienes raíces como mínimo de las subastas y proteger la vivienda única de los deudores que indica por medio de la prenda pretoria.
El director del Programa Reformas a la Justicia UC, José Pedro Silva, y el subdirector del mismo, Nicolás Frías, expusieron el pasado 26 de mayo ante la Comisión de Economía del Senado sobre el Boletín N°12.917-03, proyecto de ley que modifica la Ley General de Bancos y el Código de Procedimiento Civil, en una sesión que se llevó a cabo por videoconferencia.
Los académicos comenzaron destacando la relevancia de la protección de los créditos, por la positiva contribución del sistema financiero al crecimiento del país y el bienestar de las personas. Frente a esto señalaron que resulta prioritario que el sistema procesal en general y de ejecución en particular sean confiables, eficientes y provean garantías de plena eficacia al sistema crediticio.
A continuación, los docentes realizaron un análisis pormenorizado de las modificaciones que se pretenden introducir al Código de Procedimiento Civil, previniendo de posibles contradicciones con el ordenamiento jurídico existente y el espíritu de la legislación.
Se alertó que el aumento de los plazos del ejecutado para oponer excepciones y del término probatorio que se incorpora en la reforma es incoherente con la naturaleza del procedimiento ejecutivo y resulta injustificado con la actual tramitación electrónica. Sobre la limitación de la ejecución vía prenda pretoria y el tratamiento diferenciado de la ejecución del único bien raíz para el caso de pago del 50% o más del capital, comentaron que constituyen una limitación y grave afectación al funcionamiento crediticio, conteniendo numerosas imprecisiones difíciles de sortear por el juez y fomentando una figura poco recomendada, como es la prenda pretoria. Se advirtió que el Proyecto altera el sistema de responsabilidad civil contractual, vulnerando la regulación de la mora como presupuesto de responsabilidad, además de debilitar el acceso al crédito. Se criticó también la certificación del ministro de fe de la calidad de único bien raíz, por ser imposible para el receptor certificar hechos que no puede percibir con los sentidos y que son materia de prueba.
Finalmente, los profesores entregaron cuatro propuestas de modificación orientadas a la protección de los deudores frente a posibles conductas abusivas de los acreedores y a aumentar la eficacia de los procedimientos ejecutivos.
Inspirados en la experiencia internacional, trabajo que se viene realizando en el marco de la Reforma Procesal Civil y las recomendaciones del Comisión Europea para la Eficiencia de la Justicia (CEPEJ); se sugirió a la Comisión la incorporación de la subasta electrónica -que está propuesta en indicaciones-, con cobertura nacional y centralizado. Dicho mecanismo aumentaría la eficiencia, transparencia y justicia de las ejecuciones. Se señaló que para que funcione un sistema de subasta electrónico es vital contar con un soporte orgánico robusto y materializado en una unidad administrativa propia a nivel nacional.
Se recomendó también incorporar un espacio de conciliación en el juicio ejecutivo, aumentar las exigencias para constituir la confesión de deuda como título ejecutivo exigiendo un antecedente escrito, y analizar una posible modificación de la Ley General de Bancos y el Código Civil, por la cual ante una ejecución del bien hipotecado en el supuesto del proyecto, su dación en pago u otra forma de realización convenida por el acreedor con el deudor hipotecario, extinga íntegramente el saldo del crédito hipotecario adeudado y sus accesorios.