José Pedro Silva P., Macarena Letelier V., Raúl Tavolari O., Cristián Maturana M.
“…dentro de la OCDE, e incluso de Latinoamérica, seremos el único país sin un moderno sistema de justicia civil y regido, en cambio, por normas que datan de principios del siglo pasado…”.
Nuestro Derecho requiere de normas generales para regirnos en materias comunes, y puedan ser aplicadas armónica y supletoriamente respecto de las de carácter especial, reconociéndose así que debe existir una unidad, pero en la diversidad, dentro del ordenamiento jurídico.
En el orden procesal, son las normas de procedimiento civil las que revisten ese carácter general y supletorio, lo que en la actualidad resulta, a lo menos, dificultoso, atendidos los diversos principios que rigen los modernos procedimientos penales, de familia, laborales y otros.
Por otra parte, resulta, a lo menos discriminatorio, que, en el orden civil, además de no contarse con modernos procedimientos orales, dispositivos y concentrados, el número de jueces destinados al ejercicio de la jurisdicción sea mucho menor que los destinados al ejercicio de la jurisdicción penal, de familia, laboral y otras jurisdicciones especiales creadas últimamente por leyes especiales.
Abrumados los jueces civiles en estos tiempos de pandemia por el altísimo número de procesos sujetos a una antigua regulación, en la que no hay oralidad ni inmediación, la falta de infraestructura tecnológica les impide a estos jueces realizar audiencias por medios digitales.
Con sorpresa, nos hemos enterado de que, invocándose como motivo los mayores recursos que genera la pandemia, se ha suspendido la tramitación de la Reforma Procesal Civil.
Creemos que esta relevante modificación, que no se agota en la aprobación de un nuevo Código Procesal Civil, y cuya tramitación, los dos últimos gobiernos han dejado pendiente en el Senado, sin otorgarle la información sobre las necesarias modificaciones orgánicas, debe continuar.
Es necesario también contar con cuerpos legales que regulen el arbitraje interno conforme a los modernos principios que rigen en el plano internacional, con una mediación para la solución amigable y cercana de conflictos, con las necesarias normas adecuatorias, así como las que aborden la modernización de un gobierno judicial y la especialización de los tribunales que exigen los tiempos actuales.
El sistema procesal civil constituye un gran sistema y, por ello, las salidas alternativas no pueden suplir la falta de un proceso moderno, pronto y eficaz. Para la eficiencia del funcionamiento de la justicia se deben contemplar medios modernos en la regulación, como lo demostró la tramitación digital, ejemplo, parcial pero elocuente, de lo que se requiere con una justicia eficiente.
Dentro de la OCDE, e incluso de Latinoamérica, seremos el único país sin un moderno sistema de justicia civil y regido, en cambio, por normas que datan de principios del siglo pasado.
La consolidación de una democracia substancial y no meramente formal requiere contemplar una eficaz, justa y pronta solución de los conflictos, mediante procesos civiles modernos y que tengan, en lo posible, al diálogo como invitado. La adecuada y oportuna resolución de conflictos no solo entrega certeza en el ámbito jurídico, sino que constituye un elemento necesario para la reactivación económica y la circulación de bienes, sin perjuicio de colocarnos a la altura de los sistemas procesales con los que ya cuentan otros países.
Afrontar temas como la Reforma Procesal Civil constituye una política pública, ineludible e impostergable. La adopción de herramientas de diálogo; el dotar de eficiencia a los procedimientos e implementar su digitalización, velando por la inmediatez del juez en sistemas orales, refleja el tipo de sociedad que estamos construyendo.
Los tiempos de pandemia y la crisis social no son justificaciones para abandonar la elaboración de los cuerpos legales requeridos, tarea siempre lenta y que —sin costos inmediatos—requiere largo tiempo de implementación.
Necesitamos contar con una voluntad política para llevar adelante y consolidar nuestra justicia con un moderno sistema procesal civil, el cual seguramente algunos de los firmantes ya no veremos ni siquiera en aplicación, luego de haber participado durante casi veinte años en el logro de este propósito, pensando solo en el beneficio y prestigio de nuestro país.
Esperamos, como miembros de la Comisión de la Reforma Procesal Civil, que se pueda contar con una férrea voluntad política de todos los sectores para que esta indispensable y largamente esperada política pública se haga realidad en nuestro país.
Publicado en: El Mercurio, 4 de agosto 2020, A2.