“El proyecto de código es una oportunidad para mejorar el sistema” afirmó el profesor Nicolás Frías, del Programa Reformas a la Justicia UC, instando a los alumnos presentes a aportar en el debate y la tramitación de la reforma procesal civil ante el Congreso Nacional.
La actividad titulada “Conversatorio: Proyecto de Reforma Procesal Civil. Nuevas Indicaciones” organizada por la Academia de Derecho Procesal de la Universidad de los Andes (ADEPRO) el pasado 28 abril 2021, contó con la participación de los profesores de derecho procesal Nicolás Frías, de la P. Universidad Católica, y Alejandro Romero, de la U. de los Andes.
Antes de dar la palabra al académico UC, representantes de la ADEPRO dieron la bienvenida a los participantes y agradecieron la participación de los profesores.
La exposición del profesor Frías consistió en un breve análisis de la historia del proyecto de ley de reforma procesal civil, las indicaciones recientemente presentadas y las principales modificaciones que se pretenden incorporar al proyecto a través de ellas.
Para comenzar, se refirió al proceso de redacción del Proyecto de Reforma Procesal Civil, comentando el aporte de las diversas Facultades de Derecho y académicos de derecho procesal del país, entre los que se encuentran el Director del Programa Reformas a la Justicia UC, José Pedro Silva, y el mismo exponente. Se detuvo en las tres causas centrales que motivaron la paralización del proyecto en el Senado, que fueron la falta de una definición orgánica, el rechazo del sistema de ejecución y del sistema recursivo, lo que hacía imposible su continuación. Estos tres puntos buscaron ser cubiertos por las indicaciones presentadas recientemente, señaló.
Previo a revisar el contenido a las indicaciones, el profesor destacó algunos de los principales cambios que se incluyen en la reforma. En primer lugar, los nuevos principios formativos del procedimiento, entre los que enfatizó los principios de oralidad, inmediación, promoción de métodos alternativos de resolución de conflictos, y la dirección e impulso procesal correspondiente al juez, que busca facilitar un rol del juez más activo en relación a la sustanciación y conducción del procedimiento.
En segundo lugar, se refirió a otros cambios importantes, como la libertad probatoria y valoración según sana crítica, la obligación de ofrecer o acompañar toda la prueba en la demanda y la obligación de dictar fallo dentro de un plazo.
Analizando el contenido de las indicaciones, profundizó particularmente en dos: la creación de un nuevo procedimiento ejecutivo y el nuevo recurso de casación, que responden directamente a las críticas hechas por el Senado y motivaron la paralización del proceso.
Primero, sobre el nuevo procedimiento ejecutivo, destacó la separación de las funciones administrativas de las jurisdiccionales, creándose la Unidad de Tramitación Civil, que se encargará de las primeras, mientras que los jueces mantendrán el conocimiento de los aspectos jurisdiccionales que se sigan de la ejecución en casos de oposición del ejecutado y el control de las labores administrativas que realiza el oficial de tramitación civil. Se refirió a la experiencia francesa que inspiró esta nueva regulación y los positivos efectos que este sistema tuvo en la legislación del país europeo.
Segundo, sobre el nuevo recurso de casación, se refirió al cambio que se incorpora en las indicaciones a la propuesta de recurso extraordinario ante la Corte Suprema. Las indicaciones presentadas vuelven al recurso de casación, conciliando el rol de la Corte Suprema, de garante de derecho e igualdad ante la ley, y el derecho del litigante de ser oído. Entre los principales cambios mencionó la reducción a dos causales amplias y la posibilidad de rechazar liminarmente el recurso si existe doctrina jurisprudencial ya asentada. Además, manteniendo el recurso de apelación-enmienda, se incorpora un recurso de apelación-invalidación, que viene a reemplazar al recurso de casación en la forma.
Finalmente, comentó otras modificaciones como el nuevo procedimiento de partición y el sumario simplificado, la simplificación de los actos judiciales no contenciosos y la incorporación de la mediación como método de resolución de conflictos, fortalecido por el Proyecto de Ley de Mediación Civil y Comercial, que es complementa la reforma.
Tras la exposición del profesor Frías, se le dio la palabra al profesor Alejandro Romero, quien recalcó la importancia de reformar la justicia civil, afirmando que el Código y las leyes vigentes no son adecuadas para la compleja realidad procesal actual. Celebró la modificación al recurso de casación, sin embargo, advirtió ciertas críticas tanto al contenido del proyecto como a su tramitación en el Congreso Nacional y levantó interrogantes sobre el posible aumento de costos en el acceso a la justicia, que podría llevar a un rol mayor del Estado en proveer abogados para las personas. Por último, destacó el rol que deben jugar los estudiantes y académicos en esta reforma, que por medio de un trabajo silencioso pueden aportar a crear un país mejor.
Para finalizar, se generó un espacio de debate entre los expositores y se realizaron preguntas por el público, respecto del rechazo in limine del recurso de casación, la implementación de la reforma y la aplicación de la mediación.
Conversatorio completo en el siguiente link: Conversatorio: Reforma Procesal Civil. Nuevas Indicaciones (ADEPRO)