La actividad titulada: “Debido proceso y derecho a ser juzgado dentro de un plazo razonable en los juicios tributarios” se enmarcó en las actividades de promoción de los cursos abiertos del Programa, en particular de los cursos en Litigación Tributaria y Aduanera.
El pasado 21 de agosto, a través de la plataforma Zoom, los abogados y profesores del Diplomado y del curso especializado en Litigación Tributaria y Aduanera, Gonzalo Schmidt e Ignacio Iriarte, moderados por Nicolás Frías, conversaron sobre el debido proceso en los juicios tributarios, centrándose en el derecho a ser juzgado en un plazo razonable.
Para comenzar, los abogados se refirieron brevemente a la historia del conflicto, que encuentra su origen en la delegación de funciones del Juez Tributario. Previo a la creación de los Tribunales Tributarios y Aduaneros, la ley reconocía la posibilidad de que el Juez Tributario delegara sus funciones en un subalterno, práctica muy frecuente para morigerar la carga de estos tribunales; esta facultad generó discusión en la época, por ser una delegación de jurisdicción, algo contrario a los preceptos de la Constitución.
Igualmente, los abogados expusieron que la Corte Suprema acogió la teoría de indelegabilidad de la jurisdicción, anulando todos los juicios realizados ante juez delegado por incompetencia del tribunal. Finalmente, el asunto se zanjó con la derogación del artículo 116 del Código Tributario por resolución del Tribunal Constitucional, señalando que la jurisdicción es indelegable. Si bien el Máximo Tribunal indicó que el interés moratorio generado durante el procedimiento ineficaz no era imputable al deudor, no se pronunció respecto al derecho de esta parte de ser juzgada en un plazo razonable, frente a juicios que tuvieron duración de más de diez años.
Los docentes continuaron la presentación revisando la normativa relevante en el asunto discutido, en particular se detuvieron en la regulación de la prescripción en el Código Tributario y la Ley de Impuestos a la Renta, así como el derecho a ser oído, ser juzgado en un plazo razonable y la garantía general del debido proceso conforme a la Constitución Política de la República y la Convención Americana de Derechos Humanos.
Para finalizar, los ponentes hicieron un análisis de jurisprudencia relevante en el asunto.
El profesor Schmidt se detuvo en la última sentencia de la Corte Suprema referida al derecho a ser juzgado en un plazo razonable, dictada en Julio de 2020 en la causa Rol 6242-2018. En ésta, entre el reclamo del contribuyente y la sentencia de primera instancia transcurrieron diez años y siete meses, por lo que el deudor alegó la prescripción de la liquidación. El Tribunal de Casación rechazó el recurso presentado por el Consejo de Defensa del Estado, pues, si bien se comparte la tesis de que la presentación del reclamo basta para suspender la prescripción que consagra el Código Tributario, “no pueden aceptar, en razón de la antedicha normativa – preferentemente integrada, en lo internacional, por el Pacto de San José de Costa Rica y por el Pacto de Derechos Civiles y Políticos de las Naciones Unidas, además del artículo 5° de la Carta Política, en lo nacional– ,que tal suspensión opere incluso por un periodo mayor que el asignado por la legislación para la prescripción adquisitiva extraordinaria, esto es –en la práctica– de manera indefinida”
El profesor Iriarte, por su parte, se refirió a los votos disidentes del Máximo Tribunal, que han estado por acoger los recursos del Fisco. En particular, analizó la causa Rol 5165-2013 del año 2014, en que los discrepantes sostuvieron que la ley no establece un plazo general de duración de los procesos y esto no puede ser determinado por la Corte; se indicó que el rol del tribunal debe ser precisar, para un caso particular, el plazo, recogiendo la complejidad del asunto, las diligencias de los tribunales y la actividad procesal del interesado.
Si bien en el último año, la Suprema ha rechazado in limine los recursos del Fisco por manifiesta falta de fundamento, los presentadores estiman que, analizando los argumentos de la Corte, los votos disidentes, el Consejo de Defensa del Estado y el Servicio de Impuestos Internos, sumado a los próximos cambios de Ministros, a futuro puede haber un giro en la jurisprudencia.
La actividad, que contó con más de 60 asistentes a través de la plataforma Zoom, finalizó con preguntas del público sobre el ejercicio del derecho a opción, el efecto de la creación de la Defensoría de los Derechos del Contribuyente en la carga de trabajo de los Tribunales Tributarios y Aduaneros, entre otras.