A la sesión fueron invitados además el profesor emérito de la Universidad de Valparaíso, Raúl Tavolari, la abogada del Programa Diversidad, Inclusión y No Discriminación, Rubi Cabrera y el Analista del Departamento de Estudios, Extensión y Publicaciones de la Biblioteca del Congreso Nacional, Matías Meza-Lopehandía.
El 6 de Julio del presente año, el Director del Programa Reformas a la Justicia UC, José Pedro Silva expuso ante la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía del Senado para comentar el Boletín N° 12.748-17, Proyecto de ley que modifica y fortalece la ley N° 20.609, que establece medidas contra la discriminación.
Tras la cuenta realizada por el Senador Juan Ignacio Latorre, presentó el académico Raúl Tavolari, refiriéndose a la diferencia entre la discriminación per se y la discriminación arbitraria como el problema que la Ley comentada pretende atacar y señalando varias deficiencias del proyecto de ley, como la errada modificación semántica propuesta al artículo 2 y la inconstitucional incorporación de una indemnización de perjuicios obligatoria con límites establecidos en el artículo 12.
A continuación, presentó el profesor José Pedro Silva, enfocándose en tres puntos de aspecto procesal del proyecto.
En primer lugar, se refirió a la inversión de la carga probatoria que se propone incorporar al artículo 10, copiando la regulación de tutela laboral; previno que la forma en que está planteado vulnera la garantía de igualdad de las partes, condición esencial del derecho a la defensa, y los principios de un procedimiento sancionatorio como es el de discriminación. Además, recordó que la alteración de la carga de la prueba es excepcionalísima, solo se admite en casos que el material probatorio está en poder de la contraparte existiendo un desequilibrio procesal, lo que no necesariamente se da en materia de discriminación.
En segundo lugar, criticó la modificación del artículo 12 de la Ley, que obliga al tribunal ordenar el pago de una indemnización en caso de que se determine la existencia de un acto de discriminación arbitraria, por ser contraria a derecho. Esta nueva regulación vulneraría el principio del non bis in idem, afecta el orden civil en materia de responsabilidad y es incompatible con la naturaleza del procedimiento sancionatorio; por demás, establece límites al monto que no tienen ninguna justificación. Para salvar esta situación, propuso incorporar un sistema similar al existente en la Ley de Protección de Derechos del Consumidor en que el consumidor puede interponer, junto con la acción infraccional, una acción civil indemnizatoria por el daño sufrido, debiendo probar cada elemento de la responsabilidad para obtener una reparación.
Por último, comentó la supresión de la sanción de multa si la denuncia “carece de todo fundamento” por estimarse inhibitorio. Se indicó que el propósito de la norma no es evitar que las personas presenten denuncias, sino tutelar el principio de la buena fe, una de las bases del sistema jurídico; encima, la sanción no procede siempre que se deseche la demanda, sino cuando el juez advierta y declare que la acción intentada fue totalmente infundada.
Después de Silva, expuso la Red Nacional de Municipios por la Diversidad, Inclusión y No Discriminación, con el psicólogo Francisco Vira y la abogada Rubi Cabrera, quienes censuraron que no se ha creado una institucionalidad destinada al cumplimiento del mandato que establece el inciso 2° del artículo 1 de la Ley, y se propuso una serie de cambios, como mejorar la definición de discriminación del artículo 2 y eximir expresamente al recurrente de concurrir patrocinado por abogado.
Terminó el investigador de Derechos Humanos de la BCN, Matías Meza-Lopehandía, refiriéndose al sistema universal de Derechos Humanos y las recomendaciones de organismos internacionales de la materia en base a las revisiones periódicas del país. Entre otras, se destacaron la sugerencia de que se homologaran los motivos de discriminación prohibidos de la Ley 20.609 a los señalados en el Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, incorporar mecanismos judiciales y administrativos eficaces y sancionar la discriminación directa e indirecta.
Finalmente, se dio un espacio para comentarios y preguntas de los miembros de la Comisión tanto a los expositores como a las representantes del Poder Ejecutivo.