Ciclo coloquios Litigación oralEn la actividad, que contó con la participación de los académicos Nicolás Luco (PUC) y Matías Insunza (U.Chile), se reflexionó sobre los desafíos un sistema de litigación oral en los nuevos procedimientos civiles, revisando las normas propuestas y la experiencia de los procedimientos especiales.

Bajo la moderación de la profesora de Derecho UC Paula Vial y con las ponencias del profesor de la Universidad de Chile, Matías Insunza, y del profesor Derecho UC Nicolás Luco, se llevó a cabo la cuarta sesión del ciclo de seminarios sobre el Reimpulso a la Reforma Procesal Civil que organiza el Departamento de Derecho Procesal y el Programa de Reformas a la Justicia UC.

El coloquio se centró en los importantes cambios en la tramitación de los procedimientos civiles, instaurándose un sistema basado en la oralidad e inmediación, siguiendo los pasos de los sistemas reformados como penal, laboral, familia y ambiental.

El profesor Luco comenzó su exposición reflexionando sobre los objetivos de la oralidad, que busca alcanzar la justicia de forma eficiente; “la oralidad es un medio, pero su efectividad para alcanzar los objetivos va a depender que los agentes del proceso puedan asumir eficientemente los desafíos que la misma oralidad plantea” afirmó.

Centró su exposición en los desafíos que implica este nuevo sistema para los jueces y para los abogados, y cómo deberemos enfrentarlos para alcanzar la justicia.

Identificó como desafíos para los jueces el conocimiento acabado del proceso, el deber de asumir un rol activo en las audiencias, el riesgo de fatiga ante la abundante prueba y de la obligación de una rápida decisión que dificulta una debida meditación, y el problema de compatibilizar un sistema oral con una segunda instancia. “Si la decisión final la van a tomar Cortes de Apelaciones que no tuvieron acceso a la prueba y la fase oral, la inmediación no produce ningún resultado eficiente, y los principios quedan solo en una primera instancia. Esto puede poner en riesgo el proceso; hace sentido la revisión, pero esta debe ser restringida” reflexionó.

En el caso de los abogados, se da la exigencia aún mayor de conocer acabadamente el proceso y se debe planificar adecuadamente la prueba que se presentara, de modo que exista un relato que permita al juez entender el orden lógico de éstas; además, indicó que en la litigación oral no hay espacio para actitudes dilatorias o evasivas.

Tras la exposición del profesor Luco, se dio la palabra al académico de la Universidad de Chile, Matías Insunza. El profesor comenzó su exposición con una reflexión respecto a las últimas reformas de normas procesales y el problema que ha generado no tener una justicia civil reformada, no existiendo un régimen de litigación procesal común. “Vamos a tener conceptos comunes que para muchos serán novedosos, pero si analizamos en detalle la evolución de las reglas de litigación, no será novedoso” afirmó.

El académico reconoció entre los desafíos el rol de los abogados litigantes y académicos en la promoción de soluciones autocompositivas, el conflicto entre la buena fe que obliga a los abogados y los procedimientos que se permite actuar sin asistencia letrada, y los conceptos de derecho procesal penal en materia probatoria que se incorporan en el sistema civil, como la teoría del caso, la prueba nueva o las exclusiones probatorias.

“Esta es una magnífica oportunidad para que nos volvamos a juntar, volvamos a pensar, tengamos un sistema general y común que nos va a solucionar múltiples problemas de cara a los demás procedimientos, y nos obliga a entender, como decía Machado, que el Nuevo Código Procesal Civil es como el agua, que resbala, corre y sueña” concluyó.

Tras las exposiciones, la moderadora dio espacio para las numerosas preguntas del público, las que versaron sobre los desafíos de la academia en la formación de los futuros abogados, las ventajas de la teoría del caso en los procedimientos orales y la nueva regulación de la prueba. Para finalizar, cerraron la jornada moderadora, Paula Vial, y la directora del Departamento de Derecho Procesal UC, María Elena Santibáñez.

 

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Ciclo coloquios EjecuciónEn la actividad, que contó con la participación de los académicos Raúl Tavolari (UCV) y José Pedro Silva (UC), se reflexionó sobre el nuevo modelo de Ejecución Civil y el fortalecimiento de la sentencia y rol del juez de primer grado jurisdiccional.

Bajo la moderación de la profesora de Derecho UC Macarena Oyarzún y con las ponencias del profesor de la Universidad de Valparaíso, Raúl Tavolari, y del profesor Derecho UC y director del Programa Reformas a la Justicia UC, José Pedro Silva, se llevó a cabo la tercera sesión del ciclo de seminarios sobre el Reimpulso a la Reforma Procesal Civil que organiza el Departamento de Derecho Procesal y el Programa de Reformas a la Justicia UC.

El encuentro estuvo dedicado a la Ejecución y cómo el proyecto de ley busca que ésta sea consagrada como principio y regla general, donde exista la posibilidad de solicitar, sin necesidad de rendir una garantía, el cumplimiento y ejecución inmediata de las sentencias de condena. A ello se suma que el proyecto busca fortalecer el rol del juez de primer grado y que las sentencias de condena puedan ejecutarse inmediatamente en un procedimiento ejecutivo autónomo.

Sobre esto, el profesor Tavolari sostuvo que durante largo tiempo “se ha buscado vías de desjudicialización del tema ejecutivo”. En este sentido, puso como ejemplo a Santiago donde “los 30 Juzgados Civiles tiene un promedio sobre las 30 mil causas anuales de las cuales un 90 por ciento son causas de ejecución”. En torno a esto, recalcó que “la mitad de ellas agotan su tramitación en la presentación”.

Respecto a la solicitud de ejecución y al proyecto, Tavolari afirmó que “necesita claramente una corrección de redacción”. Finalmente, y consultado por la orden de despacho de la ejecución y si constituye o no un acto jurisdiccional, el académico señaló que “lo constituye porque es una decisión jurisdiccional porque afectará los bienes”. Sin embargo, aclaró que “sería conveniente mejorar esta parte del proyecto”.

Por su parte el profesor Silva basó su presentación en las consideraciones generales sobre la Ejecución. Desde el punto de vista de las cifras, aseguró que en 2019 el mayor número de causas fueron tramitadas mediante procedimientos ejecutivos y gestiones preparatorias, y donde del total solo el 80,5 por ciento de las causas fueron terminadas.

En relación a los criterios fundamentales para el diseño de un proceso de ejecución, Silva agregó que deberían existir tres pilares: el primero de ellos es la eficacia, donde se dé el “máximo recupero del crédito para la satisfacción del derecho del acreedor y con el menor sacrificio posible del patrimonio del deudor”. El segundo pilar es la eficiencia, donde se incorpore “tecnología y herramientas para la interoperatividad”. Y el tercer pilar es la oportunidad, para la “obtención de resultados en plazos razonables”.

La actividad finalizó con una ronda de numerosas preguntas de los asistentes y se invitó a los próximos encuentros sobre los Desafíos de la Litigación Oral en el Nuevo Proceso Civil, Sistema Recursivo en el Nuevo Proceso Civil: Nuevo Recurso de Casación, Sistema Recursivo en el Nuevo Proceso Civil: Nuevo Recurso de Apelación, y Procedimiento Sumario Simplificado y de Partición en el Nuevo Proceso Civil.

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Nota: Facultad Derecho UC

Ciclo coloquios MediaciónDurante la actividad se reflexionó sobre la valoración e importancia de la Mediación como mecanismo de judicialización, cuya función busca y permite a las partes llegar a una solución satisfactoria entre las partes, evitando la judicialización.

Con las ponencias del profesor de Derecho UC, Nicolás Frías y Macarena Vargas, profesora y abogada de la Universidad Diego Portales, se llevó a cabo la segunda sesión del ciclo de coloquios sobre el reimpulso a la Reforma Procesal Civil que organiza el Departamento de Derecho Procesal y el Programa de Reformas a la Justicia UC y que fue moderado por la profesora Derecho UC Macarena Letelier.

En su exposición, profesor Frías se refirió a tres ítems centrales en esta materia: primero, al estado del arte de la mediación civil y comercial en otros países, oportunidad en que realizó un análisis comparado sobre la evolución regulatoria de la Mediación en Europa, Estados Unidos, Gran Bretaña y Latinoamérica; luego, abordó los ejes de la Mediación en lo relacionado con la incorporación de la mediación; y, por último, entregó algunas consideraciones sobre la mediación “obligatoria” y sobre la dependencia orgánica de la mediación.

Sobre Chile, explicó que en materia de Mediación existe una “experiencia fuerte en mediación familiar, en mediación laboral y en conciliación laboral, en los centros de mediación CAJ, en mediación de negligencias médicas, y que durante 2011 y 2017 existió solo en la Región Metropolitana las unidades de Justicia Vecinal las cuales mostraron alta efectividad en resolución de conflicto”.

Asimismo, indicó que lo propuesto en la Reforma Procesal Civil tiene relación con la regulación de tres cuerpos normativos: modificación en el proyecto de Código Procesal Civil, la ley de mediación civil autónoma, y las modificaciones al Código Orgánico de Tribunales.

Finalmente, y sobre la mediación obligatoria o requisito de procesabilidad, recalcó que “cumple un rol educativo y de promoción de las bondades del sistema”, y que su discusión y reflexión han sido claves en la preparación del anteproyecto.

Por su parte, la profesora Vargas sostuvo que la promoción de la Mediación por parte de abogados, jueces y funcionarios judiciales “es una buena medida, pero falta de fuerza para que se produzcan los cambios que esperamos”, y añadió que “si no va aparejado de un correlato práctico esto puede quedarse simplemente en un comportamiento deseable sin efectividad”.

En este sentido, aclaró que para que la norma funcione se debe vincular la norma programática con hitos procesales concretos. “Es viable que esta norma se materialice y conecte cuando el juez promueva la mediación o conciliación durante la demanda, en la audiencia preparatoria o una vez terminado el periodo de discusión”, subrayó.

Asimismo, agregó que se deben establecer ciertas consecuencias en caso de no cumplimiento de esta obligación de promoción por parte de los abogados o magistrados. Respecto a esto, Vargas planteó la idea de la creación de un sistema integral de resolución de conflictos basado en la teoría de la ‘Justicia de Doble Hélice’, del profesor inglés Neil Andrews, en que, por una parte, la justicia civil converja con el proceso judicial y, por la otra, converjan los mecanismos colaborativos de resolución de conflicto. “Esto permitiría tener una visión diferente y novedosa de la justicia civil que además dará cabida a distintos mecanismos que convivan pacíficamente y que no sean excluyentes”.

Por último, afirmó que la Mediación “nos va encaminando hacia un sistema más integral en la justicia civil donde podemos permitir que convivan armónicamente el proceso judicial y métodos colaborativos como la mediación y la conciliación”, concluyó la académica.

La actividad finalizó con una ronda de numerosas preguntas de los asistentes y se invitó a los próximos encuentros sobre Ejecución, Desafíos de la Litigación Oral en el Nuevo Proceso Civil, Sistema Recursivo en el Nuevo Proceso Civil: Nuevo Recurso de Casación, Sistema Recursivo en el Nuevo Proceso Civil: Nuevo Recurso de Apelación, y Procedimiento Sumario Simplificado y de Partición en el Nuevo Proceso Civil.

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Nota: Facultad Derecho UC

JPS entrevista UCN mayo 2021El profesor UC y director del Programa Rerfomas a la Justicia, José Pedro Silva, fue invitado a participar en el ciclo de entrevistas titulado “Llegó la hora de conversar sobre la Reforma Procesal Civil,” organizado por la Universidad Católica del Norte (UCN), con patrocinio de Instituto Chileno de Derecho Procesal y Librotecnia.

La actividad desarrollada el pasado jueves 27 de mayo tuvo como propósito conversar en torno a la reforma procesal civil recientemente reactivada, siendo moderada por el profesor UCN, Fernando Orellana Torres.

Comenzaron la actividad comentando la importancia de la reforma procesal civil en Chile. El profesor Silva señaló que nuestro sistema vigente se basa en una realidad social, económica y política de hace cien años atrás, y, considerando el carácter supletorio del Código de Procedimiento Civil y la regulación de instituciones básicas que éste contiene, resulta urgente ajustar este texto al contexto actual. “Esta es una de las políticas públicas más importantes del último tiempo en el ámbito de la justica” afirmó el académico UC.

Además, Silva destacó el enfoque hacia la ciudadanía que tiene la reforma, buscando garantizar el efectivo acceso a la justicia, así como fomentar sistemas autocompositivos de resolución de conflictos.

En atención al proceso constituyente que atraviesa nuestro país, el profesor Orellana preguntó al expositor sobre la relación que este tendrá con la reforma procesal civil y si estamos en el mejor momento para cambiar nuestro sistema procesal civil. El entrevistado indicó que los dos procesos son perfectamente complementarios, es más, que probablemente la reforma procesal civil va a ser un aporte al proceso constituyente, por su foco en el acceso a la justicia, el fortalecimiento del debido proceso y la regulación del derecho a la acción, tópicos que la nueva Constitución debe regular.

Tras estas preguntas generales, a instancias del entrevistador, el profesor Silva se avocó a las indicaciones introducidas al Proyecto de Reforma y su contenido, relatando brevemente la historia de los proyectos y el estado actual de tramitación de la reforma; “fue virtuosa la suspensión, que nos dio tiempo para mejorar el proyecto y enfocarnos en el acceso a la justicia, los últimos años han sido valiosos desde la perspectiva de perfeccionar la iniciativa” aseveró.

Se centró en los principales cambios que introducen las indicaciones: el procedimiento de ejecución, el sistema recursivo y modificaciones relativas al acceso a la justicia, como el nuevo procedimiento simplificado.

Para finalizar, comentaron el largo trabajo que se ha realizado en la elaboración de las normas de la reforma, en el que participaron numerosos académicos, facultades de derecho, miembros del Poder Judicial y de los Colegios de Abogados de todo Chile. Aprovechó de invitar a todas las personas que aún no han participado y quieran aportar, a hacerse parte del debate en el Congreso Nacional, pues los mejores procesos de reforma son aquellos en donde todos se hacen parte y son escuchados.

La actividad se encuentra dispinible en el siguiente link: https://www.youtube.com/watch?app=desktop&v=IOHBdUTqKFg&t=1408s&ab_channel=UniversidadCat%C3%B3licadelNorte 

 

Ciclo coloquios Inauguración

El encuentro fue el primero de ocho en los cuales se tratarán diversos temas en torno al mejoramiento de mecanismos de solución de conflictos en la justicia civil.

Con la presencia del Ministro de Justicia y Derecho Humanos, Hernán Larraín, junto a destacadas autoridades del Derecho Procesal, y bajo la moderación de la profesora y directora del Departamento de Derecho Procesal, María Elena Santibáñez, se llevó a cabo la sesión inaugural del ciclo de coloquios sobre el reimpulso a la Reforma Procesal Civil.

El vamos lo dio el Decano de la Facultad de Derecho UC, Gabriel Bocksang, quien valoró profundamente el encuentro académico y destacó el rol protagónico que ha tenido la Facultad en el desarrollo de esta iniciativa donde “ha sondeado perspectivas novedosas, confrontando las tendencias del derecho comparado, custodiando lo mejor de nuestra tradición procesal y fomentando una lógica de encuentro y cooperación para un renovado Derecho Procesal Civil chileno”.

A continuación, el Ministro Larraín sostuvo que la tramitación legislativa de la reforma ha sido posible gracias al trabajo realizado por diversos académicos, entre ellos los profesores José Pedro Silva, Nicolás Frías y Macarena Letelier, e indicó que lo más sustantivo de esta reforma es que busca asegurar el acceso a la justicia, así como la incorporación de nuevos mecanismos de solución de conflictos como la mediación en lo civil y comercial como una forma de tener una justicia colaborativa, incorporando tecnología e interoperabilidad para hacer más eficaz el cumplimiento del derecho.

Finalmente, el ministro dio a conocer las ocho indicaciones más importantes sobre el nuevo Código Procesal Civil: Mediación, Recurso de Casación, Nuevo procedimiento sumario simplificado, Nuevo proceso ejecutivo, Nuevo procedimiento de partición, Nuevo proceso para actos judiciales no contenciosos, Proyecto que armonice la ley de tramitación electrónica con el funcionamiento de los tribunales civiles reformados y, por último, la incorporación de iniciativas de preparación de la justicia post COVID.

Luego fue el turno de la jefa de la División Jurídica del Ministerio de Justicia y Derecho Humanos, Mónica Naranjo, quien dio a conocer los antecedentes generales, el diagnóstico y las problemáticas surgidas y la metodología usada para el diseño de la Reforma Procesal Civil.

En este sentido, aclaró que durante los últimos 16 años se ha realizado un trabajo colaborativo que culminaron en definiciones estratégicas que buscan “ampliar el acceso a la justicia a personas afectadas por conflictos civiles; en la incorporación de mecanismos nuevos como la mediación; la modernización del proceso de justicia civil más rápido y eficiente; y en hacer más eficiente la ejecución civil”.

Luego, el director del Programa Reformas a la Justicia UC y profesor de Derecho Procesal, José Pedro Silva, analizó las indicaciones al proyecto de ley que establece el nuevo Código Procesal Civil, entre las cuales destacó los principales ejes del procedimiento ejecutivo, el procedimiento sumario simplificado, el procedimiento de partición, el procedimiento de actos judiciales no contenciosos y el recurso de casación.

Sobre esto, sostuvo que la gran mirada del proyecto está puesta en la modernización del sistema procesal civil y en el acceso a la justicia civil para otorgar herramientas a los ciudadanos.

Para concluir, el profesor Derecho UC, Francisco Leturia, entregó su mirada respecto al proyecto de Reforma Procesal Civil donde indicó que hoy están dadas las condiciones para realizar esta reforma, al tiempo que aseguró que la base judicial chilena “es buena” porque “contiene todos los elementos que debe tener para avanzar en una reforma seria y no de parche”. Además, agregó que hoy “existe una masa crítica y flexible que no existía hace 15 años” que permite al sistema abrirse a nuevas ideas, y que, por último, el “momento histórico constitucional nos obligará a hablar sobre estos temas”.

Finalmente, Leturia celebró que la Reforma aborde temas como el nombramiento de jueces y apuntó a que el proceso constitucional que se viene “permitirá pensar profundamente todas las propuestas de reformas”. Sobre esto, aclaró que los problemas de reforma a la justicia civil son “problemas de justicia profunda, de acceso a la justicia y problemas ético y políticos”.

La actividad concluyó con una nutrida ronda de preguntas de los asistentes y se invitó a los próximos encuentros sobre Nuevos Principios y Reglas en el Sistema de Litigación Civil, Mediación, Ejecución, Desafíos de la Litigación Oral en el Nuevo Proceso Civil, Sistema Recursivo en el Nuevo Proceso Civil: Nuevo Recurso de Casación, Sistema Recursivo en el Nuevo Proceso Civil: Nuevo Recurso de Apelación, y Procedimiento Sumario Simplificado y de Partición en el Nuevo Proceso Civil.

Fuente periodística: Derecho UC

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