Reforma procesal civil, indebidamente postergada

Con motivo de la entrevista al actual ministro de Justicia, publicada el 11 de diciembre pasado, ha quedado en evidencia que la reforma procesal civil, en la que tantos y por tantos años hemos trabajado, se encuentra paralizada por un problema exclusivamente económico, sin que se vislumbre cuándo podrá renovarse su tramitación.

Al efecto, cabe efectuar algunas precisiones. La reforma procesal civil no consiste en la mera aprobación de un nuevo Código Procesal Civil, sino que importa la aprobación de múltiples leyes complementarias, como las de carácter orgánico, de arbitraje, salidas alternativas, adecuatorias, tasas judiciales, etcétera, respecto de las cuales no se ha elaborado anteproyecto alguno, o bien los que existen -como el de arbitraje interno- llevan más de tres años paralizados, sin siquiera ser socializados con la comunidad jurídica ni con el Poder Judicial, ni presentados al Congreso Nacional para dar inicio a su discusión.

Hasta la fecha, inexplicablemente, no se ha efectuado el necesario estudio de las modificaciones orgánicas, por lo que se ignora el costo que importa una reforma procesal civil, la que en todo caso debería tener una aplicación gradual en el tiempo y no de compromiso respecto de algún año calendario determinado. Nadie duda de que esta es una reforma de largo aliento, que requiere de un impulso consistente del poder político, más allá de la duración de los mandatos presidenciales, razón por la cual no puede tomarse como excusa, para negar el inicio de la discusión de los grandes temas que ella involucra, la actual coyuntura económica.

En época de crisis económica, al contrario, se requiere, más que nunca, de una justicia civil y comercial expedita y eficiente que dé certeza y seguridad jurídica a la inversión. No se ordena a ello un sistema de justicia lento y asentado sobre criterios vetustos, de administración deficiente en cuanto a su funcionamiento y medios empleados y, todavía, bajo un régimen de permanente delegación de funciones, como consecuencia de no contarse con jueces suficientes que resuelvan los asuntos en audiencias, como ocurre en los procesos ya reformados.

Una impartición de justicia acorde con las exigencias de los tiempos requiere operar conforme a sistemas coherentes, esto es, estructurados bajo orgánicas y principios procedimentales uniformes, lo que no se logra con la existencia de vetustos procedimientos escritos, ya superados entre nosotros, y qué decir en el Derecho Comparado, por los modernos procedimientos orales que hoy nos rigen en materia penal, de familia y laboral.

En una sociedad del siglo XXI no es posible asegurar a los ciudadanos el efectivo reconocimiento de sus diversos derechos si, en definitiva, carecemos de procedimientos modernos, expeditos y eficientes en materia civil y comercial, que permitan un real acceso a la justicia por parte de todos ellos.

Dado que semejante actitud paralizadora no nos parece positiva, instamos a pensar, elaborar, socializar y presentar todos los proyectos que conforman la reforma del sistema procesal civil, ciertos de que, al margen del desembolso patrimonial que en su momento corresponderá analizar, persiste la necesidad de llevar a cabo una labor intelectual seria y de alto nivel, que muchos hemos venido realizando desinteresadamente, solamente imbuidos de sincero amor a la patria y a la ciencia.

Estos esfuerzos, que no deben escatimarse en una democracia, deben aprovecharse desde luego para que -cuando contemos con los recursos económicos suficientes y la voluntad política requerida- no nos sorprendamos habiendo perdido un tiempo precioso, indispensable en la necesaria elaboración de proyectos destinados a la construcción de esta reforma procesal civil, que ya no puede aguardar.

-Cristián Maturana M.; José Pedro Silva Prado; Raúl Tavolari O.
Miembros de la Comisión Ministerial de Reforma Procesal Civil

-Raúl Montero López
Director Departamento Derecho Procesal Universidad de Chile

-Gonzalo Cortez Matcovich
Vicedecano Facultad Ciencias Jurídicas y Sociales Universidad de Concepción

-Ricardo Riesco Eyzaguirre
Director Departamento Derecho Procesal Universidad Católica de Chile

-Diego Palomo Vélez
Decano Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales Universidad de Talca

Diario el Mercurio, Sábado 17 de diciembre