Daniel Lam, especialista en Inteligencia Artificial: “Se puede estar en cualquier parte del mundo y acceder a la justicia”

El Mercurio Legal | Su cargo como director ejecutivo de la empresa hongkonesa e-Bram Centre, dedicada al desarrollo de sistemas de resolución de conflictos en línea (ODR), lo trajo a Chile para participar de un seminario sobre la materia organizado por el Programa Reformas a la Justicia de la U. Católica. En esa línea, el Centro de Arbitraje y Mediación de la Cámara de Comercio de Santiago está desarrollando una de estas plataformas en el marco de la normativa APEC para tales mecanismos. 

El Mercurio Legal
Viernes, 20 de septiembre de 2019 
Alejandra Zúñiga C.


En noviembre próximo, el Centro de Arbitraje y Mediación (CAM) de la Cámara de Comercio de Santiago presentará oficialmente lo que hasta ahora se encuentra en preparación: una plataforma de resolución de disputas en línea (ODR, por sus siglas en inglés) que permite llevar a cabo litigios arbitrales de manera remota, a través de videoconferencias, lo que se traducirá en procedimientos con mayor eficiencia y menores costos.

Se trata de una iniciativa derivada de la participación del organismo nacional —desde hace un año y medio— en una mesa de trabajo de la APEC acerca de estos mecanismos, pensados especialmente para los miembros de ese foro de cooperación y como una herramienta para las pequeñas y medianas empresas (pymes).

“Preguntaron qué países podían ser pilotos de estas carreteras tecnológicas para tener sistemas de resolución de conflictos entre partes”, explica Macarena Letelier, directora ejecutiva del CAM Santiago, quien agrega que la idea a largo plazo es darle a este nuevo software un funcionamiento más allá de dicha zona, para utilizarlo también en el marco de la Alianza del Pacífico. Además, recalca, va a tener una línea de desarrollo pro bono, mediante, por ejemplo, convenios con universidades y sus clínicas jurídicas, empresas B y pymes. “Es todo un nuevo acceso a la justicia a través de la tecnología”, comenta.

El programa permite generar, enviar, recibir, almacenar, intercambiar y procesar comunicaciones de manera remota, entregando el marco necesario para permitir a las partes recibir la controversia de manera electrónica, sin importar donde estén geográficamente ubicadas, para lo cual incluye etapas de negociación, mediación y arbitraje.

Cuidadoso y conservador

Daniel Lam, director ejecutivo de e-Bram Centre de Hong-Kong, compañía especialista en el desarrollo de sistemas ODR, asegura que las pequeñas empresas son las más beneficiadas por tales mecanismos.

“No vale la pena para ellas ir por todo el mundo resolviendo un problema comercial, ya sea en tribunales o incluso ante una corte arbitral, porque es costoso y hay que involucrar personal, preparación de documentos y a veces se necesitan abogados”, dice el experto que visitó Chile hace unas semanas para participar del seminario "Desafíos de la incorporación de la Inteligencia Artificial y tecnologías en la litigación" organizado por el Programa Reformas a la Justicia UC y que se llevó a cabo en la Facultad de Derecho de ese plantel, con el patrocinio del CAM Santiago.

Lo que sucede actualmente, agrega, es que si consideran que tienen un reclamo no buscan resolverlo, “no porque no estén en lo correcto, sino porque no tienen el dinero necesario para seguir el proceso”. Con este tipo de programa, en cambio, mientras se tenga un computador e Internet es posible conectarse a la plataforma, “lo que permite presentar el reclamo y que los árbitros medien o incluso negocien. Es mucho más rápido y barato, además, se puede estar en cualquier parte del mundo y acceder a la justicia”.

¿En qué nivel de desarrollo está Chile? Lam asegura que se trata de un país muy cuidadoso y, por lo mismo, más bien conservador. “No hay nada malo en eso, significa que no saltan hacia algo que no conocen, pero también es tiempo de que se abran a lo que está pasando, a lo que se está desarrollando, a saber qué se puede adaptar para ser utilizado y ayudar en el trabajo”, comenta.

“En este momento, no se trata de robots”

Además de director ejecutivo de e-Bram Centre, el experto hongkonés se desempeña como árbitro y miembro de diversos organismos dedicados al área. Con esa experiencia, y al provenir de Asia, a la vanguardia en términos de tecnología aplicada al Poder Judicial, asegura que la idea de que la Inteligencia Artificial reemplazará a los abogados no tiene asidero.

“La tecnología está cambiando nuestras vidas, nos guste o no, y hay que aceptarlo. Hace 30 años no teníamos teléfonos celulares y hoy los utilizamos para todo. Por lo tanto, sí modifica ciertas formas de hacer las cosas para los abogados, pero eso también significa que los puede ayudar. No veo ninguna razón para que rechacen su avance”, dice y agrega: “Mientras puedas dominar la tecnología en vez de que esta te utilice a ti, lo haces para lograr efectuar más trabajo en menos tiempo, para desarrollar nuevas labores y nuevas áreas o para analizar grandes cantidades de datos”.

—Pensando en un escenario futuro, ¿quién se hace responsable de las decisiones derivadas de la tecnología? ¿Qué reformas serían necesarias?

—En estos momentos, no se trata de robots; en el futuro, no lo sabemos, pero por ahora estos solo son construidos para realizar ciertas operaciones, sin juicio emotivo. En el estado actual su uso no va a ir por ese camino, pero si en el futuro son tan avanzados que puedan incluso tener emociones, entonces quizás podríamos considerar que lleguen a reemplazar a las personas y ahí creo que podría ser peligroso, por lo que habría que tener otra manera de monitorear y orientar las decisiones erradas.

—¿Cuáles son principales áreas en el ámbito judicial en las opera la Inteligencia Artificial y donde es más probable que se siga desarrollando?

—En China, con los “tribunales de Internet”, están utilizando mucha tecnología, cada vez más y más, lo que ha sido bueno porque tienen un considerable número de pequeñas causas, una gran cantidad de personas que no pueden viajar de un extremo a otro para presentarse en las cortes, por lo que este sistema les permite hacer reclamos, recibir compensaciones, defender sus casos, lo que significa acceso a la justicia.

Hong Kong tiene bastante menos, pero estamos hablando de una capital internacional de comercio, una capital de inversiones, por lo que podemos hacer muchas cosas mediante la Inteligencia Artificial y la tecnología, pero hay una preocupación central por la privacidad.

—¿De de forma se conjugan los límites de la privacidad y el uso de la tecnología?

—Esa es la controversia. Si lo permites, vas a tener que renunciar a ciertos derechos. Por ejemplo, en China no es un tema, lo que tiene sus beneficios, porque hay muy pocos robos, ya que pueden encontrarte muy rápidamente, además que para todas las transacciones no se maneja dinero, sino que se resuelve todo con el teléfono celular o el reconocimiento facial: entras a un negocio, te detectan y te pueden cargar la cuenta si compras algo.

En Hong Kong, en cambio, tenemos leyes muy estrictas sobre cómo utilizar la información, por lo que el uso de los teléfonos no es tan extendido como en China. Son dos escuelas distintas de pensamiento, eso es un país dos sistemas.

Inteligencia Artificial y Derecho

“No hay diferencia en el Derecho, ya que se trata de un procedimiento”, explica Lam sobre los límites entre la Inteligencia Artificial y las nuevas tecnologías innovadoras. Y agrega: “Si estás hablando acerca de encontrar la verdad en una disputa, quién tiene la razón y quién está equivocado, el derecho de los contratos o el derecho penal todavía están ahí y no cambian a consecuencia de ellas”.

A su juicio, las modificaciones se dan al nivel de las nuevas preguntas a las que se debe hacer frente, ya que varias cosas que normalmente una corte o un tribunal no deben considerar, en este escenario van a tener que tomarlas en cuenta. ¿Un ejemplo? Si el perito o testigo que se está interrogando por videoconferencia es efectivamente quien se piensa que es o asegurarse que lo que está declarando no está siendo leído desde un punto que la cámara no enfoca.

Los sistemas ODR se insertan precisamente en esta línea. En el caso de su empresa, asegura que debido a la gran importancia que le dan a la confidencialidad se han preocupado de implementar bastante tecnología para mantener la autenticidad de los documentos y de la persona que aparece en la pantalla. También destaca que son mecanismos amigables con el medio ambiente, ya que se usan menos papeles, y que poseen una mayor velocidad en la transferencia de información al eliminar al encargado de trasladarlos. “Creo que simplemente por esto deberíamos avanzar hacia la digitalización”, asegura.

¿En qué nivel de desarrollo está Chile? De lo hasta ahora observado, Lam asegura que se trata de un país muy cuidadoso y, por lo mismo, más bien conservador. “No hay nada malo en eso, significa que no saltan hacia algo que no conocen, pero también es tiempo de que se abran a lo que está pasando, a lo que se está desarrollando, a saber qué se puede adaptar para ser utilizado y ayudar en el trabajo”, comenta.
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Avances y errores
Aunque su consejo siempre es mantener la mente abierta y no rechazar la tecnología, Lam también reconoce que en el apuro por avanzar se pueden cometer errores al no estar seguros de que los detalles de esos avances han sido bien pensados. Por ejemplo, comenta que en Hong Kong tuvieron problemas las primeras veces que se interrogaron testigos en video, “porque aunque veas al experto o al testigo en la pantalla, no tienes cómo saber si esa persona está leyendo colgado al frente suyo”. Como eso sucedió, desde ahora cada vez que hay alguno de estos procedimientos se envía a alguien que certifique que cosas así no están ocurriendo.

¿Los lugares más avanzados en estos temas? El especialista asegura que Alemania, Suecia y Singapur están bastante avanzados; que Hong Kong está bien y que sobre Estados Unidos no está seguro. “Ellos dicen que son muy avanzados, pero no lo sé, además tienen estados y cortes federales, entonces es difícil medirlo, aunque California es bastante bueno”.

Reino Unido, en tanto, lo define como muy tradicional y cuidadoso, al igual que París, donde no están adoptando ni utilizando tanta tecnología por el momento, aunque el ICC es reconocido por sus avances.

“China es demasiado”, dice. “Han ido muy lejos, pero porque no tienen problemas con la privacidad”, agrega. Sin embargo, reflexiona asegurando que “no hay que mirarlos como que están equivocados, porque puede que no lo estén”. Por ejemplo, las “cortes de Internet”, que son gratis.

“La que está en Beijing está abierta desde hace solo un año y ya tiene más de 100 mil casos, los que eventualmente van a permitir generar una base de datos muy útil para analizar, y ya lo están haciendo”, comenta.
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La mediación en Chile
Actualmente en Chile, este mecanismo de resolución de conflictos existe en materia laboral, de familia, penal, escolar y de salud pública, entre otras, pero no esta regulada para asuntos civiles, lo que significa más de la mitad de las causas que ingresan al Poder Judicial. Este último asunto es parte de la Reforma Procesal Civil, que se espera ingrese este año al Congreso.

En ese sentido, Chile es uno de los 46 países firmantes de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Acuerdos de Transacción Internacionales Resultantes de la Mediación o la llamada Convención de Singapur sobre la Mediación —aprobada el 20 de diciembre pasado—.

A juicio de los especialistas, como Letelier, es importante que nuestro país sea parte de este grupo debido a que hoy existen acuerdos de cooperación entre instituciones que administran métodos de resolución de conflictos que contempla la mediación con igual fuerza que el arbitraje, panorama en que los sistemas ODR se insertan cada vez con mayor utilidad.

Nota: https://bit.ly/2leL4CY